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Estas son las reglas para la publicidad política en Colombia

Actualizado: 23 sept

A pocos meses de las elecciones presidenciales 2022, el Consejo Nacional Electoral (CNE) determinó las reglas para hacer publicidad desde las campañas políticas. En el documento reposa el número de vallas, avisos, cuñas y contenido digital que podrán publicar los partidos y movimientos políticos, incluyendo los grupos que defienden el voto en blanco. Estas son:

  • Televisión

Máximo 10 cuñas televisivas diarias, cada una de hasta 30 segundos de duración en los canales.

  • Radio

Un máximo de 50 cuñas diarias, de hasta 30 segundos cada una en el Distrito Capital; y 25 cuñas diarias de hasta 30 segundos en los demás municipios.

  • Prensa

El número máximo de avisos diarios será de ocho, una página por cada edición, esto en prensa nacional; en los demás periódicos y revistas se permitirá un máximo de cuatro avisos diarios, de hasta una página por cada edición.

  • Publicidad física

Cada una de las campañas o movimientos políticos podrá instalar un máximo de 15 vallas publicitarias en D.C. y en los demás municipios hasta 8 vallas. El área podrá ser de hasta 48m2.

  • Plataformas digitales

Respecto a la propaganda en las plataformas digitales, esta debe llevarse a cabo desde los mismos partidos políticos, lo que indica que si una persona particular desea hace propaganda política a favor de un partido o candidato debe ponerse de acuerdo con este, y contar con un permiso otorgado por el líder de la campaña, el cual lo tomará como una donación y deberá sumarse a los informes de los gastos totales de las campañas.

Además, el documento emitido por el CNE expresa que: “Los medios de comunicación y las empresas de publicidad o comercializadoras de vallas deberán informar mensualmente los costos comerciales, el tiempo y franja de emisión de la propaganda electoral contratada por las agrupaciones políticas y campañas, para lo cual se tendrán que inscribir en el portal www.cnecuentasclaras.com, así como entregar un consolidado final al CNE".

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